Reglamento para el "Premio a la promoción académica" de la Asociación Japonesa de Hispanistas
(Objetivo)
Artículo 1 Este reglamento establece cómo galardonar a miembros beneméritos de la Asociación Japonesa de Hispanistas con el objeto de promocionar el desarrollo de la Asociación y subvencionar a los investigadores de la cultura (lengua, literatura, historia, etc.) de los países de habla hispana.
(Denominación)
Artículo 2 El premio se denomina "Premio a la promoción académica" de la Asociación Japonesa de Hispanistas.
(Selectividad)
Artículo 3 Los trabajos objeto de este premio serán trabajos publicados o cuya publicación haya sido aprobada en el número correspondiente de HISPÁNICA, Anuario de nuestra Asociación, del mismo año de su recibimiento.
(Cualificaciones)
Artículo 4 Estarán capacitados para recibir este premio los miembros de la Asociación que cumplan las condiciones que se enumeran a continuación.
(1) Se galardonará a los miembros cuyos artículos (autoría singular, es decir que se trata de un artículo por autor) hayan sido aprobados para su publicación en HISPÁNICA del año correspondiente.
(2) Se galardonará a los que estén cursando la maestría o el doctorado o que no estén trabajando aún como profesores numerarios (incluidos profesores contratados) en el momento de recibir el premio.
(3) Se galardonará a los que no hayan recibido con anterioridad este premio.
(4) Se galardonará a los que no hayan cumplido 40 años para el 31 de diciembre del año correspondiente.
(Solicitud)
Artículo 5 Quienes deseen optar al Premio deben rellenar el formulario de solicitud (que se puede descargar a través de la Página Web) y enviarlo junto con el artículo al Consejo de Redacción.
(Número de galardonados)
Artículo 6 Cada año el premio se concederá a una persona, con la posibilidad de que el premio sea declarado desierto si la Junta Directiva estima que ninguno de los artículos presentados merece ser galardonado.
2. A pesar de lo que antecede, en el caso de que en un mismo año se publiquen más de un volumen del Anuario, el número de galardonados será decidido por la Junta Directiva.
(Selección de los galardonados)
Artículo 7 Los galardonados serán seleccionados por la Junta Directiva, en principio, antes de la celebración del Congreso anual de la Asociación.
Artículo 8 Para la selección, la Junta Directiva solicitará por escrito al Comité Evaluador sus respectivas opiniones o consejos.
(Otorgamiento del galardón)
Artículo 9 Inmediatamente después de la decisión, se informará a los galardonados y, como norma general, en el Congreso anual les será otorgado un certificado explicitando sus méritos y el monto del premio (cien mil yenes). Posteriormente se publicará el nombre, pertenencia o historia personal y la especialidad de los galardonados, así como los motivos por los que se les concede el Premio, en la Página Web y en el Boletín de la Asociación.
Artículo 10 Cualquier modificación de este reglamento se someterá a la decisión de la Junta Directiva.
Anejo:
- Este reglamento entrará en vigor a partir del 1 de abril de 2006.
- Modificación del 11 de octubre de 2008.
- Modificación del 20 de agosto de 2013.
- Modificación del 10 de octubre de 2015.
- Modificación del 14 de octubre de 2023.
- Modificación del 1 de diciembre de 2023.